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El Derecho Laboral y el trabajo no registrado. Trabajo en negro.

 Cuando se comienza a trabajar en relación de dependencia, está el cabeza del empleador la obligación de registrar la relación de trabajo, realizando los correspondiente aportes y contribuciones a la Seguridad Social, fundamentales para jubilarse llegado el momento.
   

  ¿Que se puede hacer en los supuestos de estar trabajando en relación de dependencia, sin que el empleador haya registrado la relación laboral o lo haya hecho defectuosamente?, o sea, cuando a la fecha de ingreso o la remuneración no sean las correctas.
   

  En los casos de empleo no registrado, o comúnmente llamado empleo en «negro», es importante que el empleado sepa que no pierde ningún derecho por esta situación, debiendo intimar al empleado a que registre ( blanquee) la relación, considerándose despedido caso en contrario.

  La intimación que hace el empleado, es a través de un Telegrama Laboral  cuyo envío el gratuito y se realiza por medio del Correo Argentino, debiéndose en él hacer constar los motivos de la intimación y sus fundamentos, consignándose detalladamente la real fecha de ingreso, remuneración, horario y categoría.

Al enviar el telegrama de intimación, conjuntamente debe enviarse el mismo telegrama a al AFIP, informándole de la intimación cursada al empleador, transcibiéndole el texto enviado, caso contrario no se podrán hacer valer posteriormente las multas que la ley 24013 impone al trabajo en negro o desfectuosamente registrado.

  Desde el mismo momento en que el empleador recibe la intimación tiene dos opciones, o rechazar cada uno de los puntos que considere falsos o proceder a la registración del trabajador, en cuyo caso deber hacerlo en el plazo de 30 días corridos.

 Es importante para el caso indemnizatorio el momento en que el trabajador cursó la intimación, si lo hizo durante la vigencia de la relación laboral o una vez extinta la misma, ya que en el supuesto que lo hiciera durante su vigencia y se considere despedido porque el empleador negó las intimaciones, a la indemnización que le corresponde por la Ley de Contrato de Trabajo se le agrega la multa de la ley 24.013, que incrementa considerablemente los montos a cobrar, ya sea por trabajo en negro, o por remuneración o fecha de ingreso mal registradas

Cuando se trata de empleo en negro, o sea, directamente niega la existencia de la relación laboral denunciada, la multa consiste en la cuarta parte de todas la remuneraciones devengadas durante la relación laboral.

Cuando se trata de incorrecta registración  de la  remuneración o de fecha de ingreso, la multa consiste en el caso de la remuneración de la cuarta parte de la diferencia entre lo abonado realmente y lo registrado en el curso de la relación laboral; y en el caso de la fecha de ingreso, se utiliza la misma formula, la cuarta parte de todas la remuneraciones devengadas entre la real fecha de ingreso y la registrada.

Estas multas se agregan a la que corresponda por la Ley de Contrato de Trabajo para la indemnización ( Art. 245, un sueldo por cada año de trabajo o fracción mayor a tres meses).

 En el supuesto que se hubiera estado deficientemente registrado y la relación laboral hubiera finalizado por despido o renuncia, la posibilidad de reclamo se reduce a que el empleador consigne en el certificado de trabajo la real fecha de ingres o  remuneración , aplicándose la ley 25.323 que incrementa la indemnización que otogra la LCT en un 100%,

 Esta ley en un artículo 2 también plantea la posibilidad de incrementar en un 50% la indemnización, cuando el trabajador deba recurrir a la vía judicial o instancia previa obligatoria para el cobro de la indemnización por falta la falta de pago de parte del empleador.

 Si bien parece sencillo el reclamo por trabajo en negro o deficientemente registrado, hay que tener en cuenta que lo que se intime es la base sobre lo cual luego se puede reclamar en un eventual juicio laboral, por lo cual siempre es bueno el asesorarse antes de enviar un telegrama laboral, ya que un error en lo que se reclama puede frustrar sus derechos al cobro de indemnizaciones y/0  multas.

  1. micaela
    16 enero, 2014 a las 1:33 pm

    hola soy micaela hace un año que trabaje en negro despues de tres semana me despiden sin aviso me quedo en la calle sin trabajo ni una moneda. que es lo que me corresponde cobrar????

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      16 enero, 2014 a las 4:04 pm

      Micaela, lo que debiera hacer es comenzar con las intimaciones por empleo en negro, ya que más allá de que su empleador le abone alguna suma en concepto de «indemnización», el hecho de haber laborado sin registrar la habilita a iniciar el correspondiente reclamo judicial, con el asesoramiento personal de un abogado.
      Atte.

  2. Laura
    15 enero, 2014 a las 9:36 pm

    Hola Dr….yo hace 2 años que me tienen en negro en una empresa de electromedicina…estoy por conseguir otro trabajo y que tendria que hacerle al empleador, para reclamarle todo lo que me debe al no estar blanqueada….quiero que me pague peso x peso…gano $6000 en negro y en el medio estuve con depresion, por ende mi psiquiatra me dio justificativo de licencia…lo cual no acepto y me fui, pero sin telegrama, tengo dos testigos que estuve esos dos años en esta empresa…..que me corresponderia para calcular lo que me corresponde, espero su respuesta.
    Muchas Gracias!
    Laura

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      16 enero, 2014 a las 4:10 pm

      Laura, para iniciar los reclamos por empleo en negro tiene que intimar a su empleador a que regitre la misma, y en caso de que se niegue darse por despedida e iniciar el procedimiento por empleo en negro y cobro de la indemnización.
      Este proceso tiene que realizarlo con el asesoramiento personal de un abogado.
      Atte.

  3. soledad
    29 julio, 2013 a las 12:54 am

    hola soi soledad y trabajo en blanco para una empresa… hace unos meses atras me dieron el puesto de supervisora y me lo estaban pagando en negro…q puedo hacer??del puesto me sacaron por el reclamo de un cliente q mintio y no me quiren pagar el ultimo mes en negro q trabaje..que podria hacer enese caso?? gracias.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      29 julio, 2013 a las 3:52 pm

      Soledad, si te dieron un ascenso no pueden quitartelo, y al ser en negro corresponde pasas a estar mal registrada, motivo por el cual podes intimar dos cosas, a que registren correctamente la relación laboral y te reincoporen a tu puesto, aunque seguramente rechacen tu pretensión, quedando habilitada la instancia judicial.
      Tene en cuenta que estos tipos de intimaciones pueden generar el despido (obviamente es sin causa) por lo que hay que estar muy seguro de enviarla.
      Recorda no enviar sin el asesoramiento personal de un abogado.
      Atte.

  4. 27 julio, 2013 a las 9:39 pm

    hola dr. una consulta mi marido trabajo durante 20 AÑOS EN LA MISMA EMPRESA DE CONTRUCCION en negro es extrangero mi mario no tenia ni obra social nada el fallecio me coresponde cobrar algo por eso?? una asicnacion !? o hacer un juicio por eso

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      29 julio, 2013 a las 4:00 pm

      Elisabeth, podrías reclamar como esposa de tu marido fallecido que trabajó en negro, pero previo tenes que iniciar la sucesión de tu marido para legitimarte como heredera.
      Con respecto a la pensión son cuestiones que te sugiero averigues en la sede de Anses más cercana.
      Atte.

      • 8 agosto, 2013 a las 6:52 pm

        gracias cualquier cosa me comunico de vuelta con usted gracias

  5. guillermina
    10 enero, 2013 a las 11:08 am

    hola soy guillermina yo estuve trabajando por dos años y medio en un local de comida en atencion al publico y en negro por 1800 al mes , quiciera saber como tengo que hacer el reclamo para que me pague los aportes vacaciones, aguinaldos y feriados trabajados, por que en estos años soño me dio cuatro dias de vacaciones

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      10 enero, 2013 a las 7:00 pm

      Guillermina, al estar en negro hay que intimar a tu empleador a que regularice la relación laboral, intimándose también a que pague todos rubros que te adeuda.
      El hecho de intimar a la regularización de la relación laboral puede significar el fin de la misma, porque si no te regulariza podes considerarte despedida, reclamando por vía judicial la indemnización, con la multas y rubros que te adeuden.
      Atte.

  6. E.A
    27 diciembre, 2012 a las 10:04 pm

    Buenas tardes Dr Martin Fierro

    Una niñera que tuvimos hace un año trabajando en negro (debido a que ella rechazó que la blanqueramos) decidio renunciar debido a que no le podiamos dar 21 dias de vacaciones. Y cuando para navidad quisimos darle un bono de navidad lo rechazó.
    Nosotros siempre actuamos de buena fe y siempre le aclaramos nuestra situación. de hecho cada vez q necesitaba algo se la ayudaba. Normalmente venia a nuestra casa estaba con mi nena un rato y se iba a su casa , volviendo luego cuando volviamos del trabajo.
    Y ahora nos intima para que aclaremos su situacion laboral.
    No hay recibos firmados ni nada. por eso mismo planteamos blanquer la situacion. pero ella lo rechazo.
    Que hago?

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      2 enero, 2013 a las 5:44 pm

      E.A tenes dos opciones, o cumplis con la intimación que te cursó y la blanqueas, ante lo cual reconoces que la tuviste en negro (no interesa si quiso o no ser registrada) o respondes ese telegrama negando la relación laboral, y afrotando la posibilidad de que inice acciones legales reclamando indemnización.
      Atte.

  7. carlos
    27 diciembre, 2012 a las 6:32 pm

    estimado, mi señora se encuentra trabajando medio dia en blanco ( 4 horas ) y medio dia en negro, el empleador al verse obligado por el gremio debe pagarle una diferencia remunetaria por una recategorizacion,la cual esta calculada obviamente sobre la parte en blanco,en represalia por querer cobrar esta diferencia, él pretende dejarla solo con la parte laboral en blanco, o sea 4 horas. En una reunion previa a querer dejarla sin trabajo, él me reconoce que el motivo de querer dejarla solamente 4 horas, es porque quiere cobrar esa diferencia monetaria. de esa conversacion consta una grabacion y aparte él al momento de darle las vacaciones le reconoce en el recibo los 17 dias como si estuviese trabajando 8 horas.
    mi pregunta es, cuales son las posibilidades por via judicial y de arreglar la parte en negro, como se calcula. parte en negro 2 años.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      2 enero, 2013 a las 5:53 pm

      Carlos, sobre las posibilidades de arreglo no puedo saberlo, depende del empleador, y de prosperar una demanda depende de las pruebas que se tengan, para lo cual previamente se debe intimar a que regularice la relación laboral, requisito indispensable para el inicio del reclamo judicial.
      El pago de las vacaciones calculado por el total real de las horas trabajadas sirve como medio de prueba.
      Atte.

  8. pablo
    26 diciembre, 2012 a las 6:20 pm

    hola dr . trabaj 3 mese en una empresa en negro y en un dia para otro me despidieron sin previo aviso . que es lo que puedo reclamar? . pablo

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      3 enero, 2013 a las 4:53 pm

      Pablo, puede reclamar el registro, y eventualmente la indemnización y multas por empleo en negro.
      Atte

  9. luis
    18 octubre, 2012 a las 6:19 pm

    hola mellamo luis y hace 6 año que trabajo en negro en una funeraria cuanto dovo recibir por despido…

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. / (011)1560184765 / martinferro@gmail.com
      20 octubre, 2012 a las 12:44 pm

      Luis, si trabajaste en negro y te despiden, lo que debieras iniciar son las acciones por trabajo en negro, intimando al empleador en el marco de la ley 24013.
      Sin perjuicio de eso, la liquidación debiera ser como si estuvieras en blanco, o sea, calcular el mejor sueldo anual en bruto por cada año de trabajo, más el aguinaldo proporcional, las vacaciones proporcionales, el preaviso, la integración del mes de despido.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  10. carlos
    22 julio, 2012 a las 9:43 pm

    Dr. ferro despues de un juicio ganado por trabajo en negro, se puede iniciar una demanda por daños y perjuicios.

  11. diego
    26 noviembre, 2011 a las 12:57 pm

    Hola Dr.
    Trabajo en negro en un bar bailable hace 3 años y 4 meses, percibiendo desde hace 4 meses una suma de $180 por 2 días de trabajo a la semana (8hs/día) desenvolviendo como cajero. Antes mi tarea era de atención al publico percibiendo $120 por el mismo tiempo de trabajo.
    Hace 2 días me llamo el encargado y me dijo que por el momento no iba a trabajar porque el dueño (mi patrón) hizo reducción de personal. En la próxima semana debo hablar con él para que me de una explicación y para que defina como queda mi relación laboral.
    Una situación similar me sucedió hace unos 5 ó 6 meses, en la cual luego de hablar retome mi trabajo normalmente. En esta oportunidad, mi intención es no volver a trabajar en ese lugar, con lo cual quiero que me pague una indemnización de común acuerdo sin tener que llegar a un pleito legal. Mi duda esta en que nose cuanto dinero reclamar, teniendo en cuenta que me debe 3 medios aguinaldos.
    Muchas gracias!
    Diego

  12. fabian
    22 septiembre, 2011 a las 7:58 pm

    hola quieor hacer una consulta, hace casi 5 años trabajo en negro y quiero hacerles un juicio. que debo de hacer

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      26 septiembre, 2011 a las 9:26 am

      Fabián si trabaja hace cinco años en negro y quiere hacer juicio debe contactarse con un abogado de su confianza para que le lleve su asunto y lo asesore en el tema.
      Atte.

  13. Laura
    1 agosto, 2011 a las 4:39 pm

    hola Dr. como le va? mire le escribo porq le quiero consultar lo siguiente: yo trabaje 6 meses de empleada domestica en negro y ayer me echaron porq me dijeron q les robe plata, nunca les robe nada, fui a hacerle una demanda laboral y les avise por mensaje de texto q les hice una demanda laboral y mi ex patrona me contesto q ella me denuncio en la policia, y q tiene esa denuncia para mostrar. que pasa ahora? queda sin validez mi demanda??? espero respuesta! gracias.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      2 agosto, 2011 a las 9:21 pm

      Laura, que tipo de demanda interpusiste y donde?, el hecho mismo de que tu ex empleadora haya hecho una denuncia policial no exime de su deber de responder por el empleo en negro, siendo esta misma denuncia prueba de que trabajabas en su domicilio, debiendo ella demostrar que robaste el dinero, tiene que tener pruebas, y ratificar luego la denuncia en la fiscalía, la denuncia por denuncia misma no tiene ninguna relevancia.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  14. Dani
    28 julio, 2011 a las 5:32 pm

    Hola, si yo cobro en blanco $1500 y en negro $3500 (suma total $6000 x mes) que puedo exigir de aguinaldo ??gracias

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      4 agosto, 2011 a las 9:08 pm

      Dani, el aguinaldo se debe abonar siempre, de hecho, dudo que te paguen en blanco el 100% de aguinaldo únicamente lo van a hacer por la parte que cobras en blanco; tu empleador debiera pagarte aunque sea también por la parte en negro, sin perjuicio de que debiera blanquear la parte que te paga en negro y comenzar a pagártela en blanco.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  15. martin
    22 julio, 2011 a las 11:04 am

    Gracias por las respuesta doctor, y en caso de que haga la intimacion para que me proveean de los viaticos para vivir dignamente, tambien hay que reclamar que me registren ??que tiempo tienen para contestar y darme una respuesta, mientras sigo yendo trabajar?? ?? seguro me van a decir que me vaya y no trabaje mas, solo me pagan esos 300 pesos por semana en concepto de sueldo? me corresponderia cobrar las multas de las distintas ley que hay

  16. martin
    12 julio, 2011 a las 9:49 pm

    hola, estoy trabajando hace 3 meses y medio en una empresa como vendedor de viviendas prefabricadas, me enviaron a 900 kilometros de donde vivo, estoy parando en la misma oficina tirado en un colchon sucio, sin sabanas, en casi condiciones inuhumanas, hasta ahora solo me pagan 300 pesos por semana, en negro, no me dan recibos y firme muy pocos de lo que me pagaron, no me esta gustando el trato recibido, que puedo reclamar, el hecho de que me envien tan lejos me corresponde reclamar algo mas de pagos??? que me conviene hacer? desde ya muchas gracias.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      17 julio, 2011 a las 1:50 pm

      Martín, me imagino que tu trabajo consiste en recorrer el país vendiendo casas prefabricadas?, de ser así tu empleado puede enviarte a donde necesite que vendas la casas, lo que no puede es tenerte en condiciones inhumanas sin proveerte de una vivienda y de los viaticos necesarios para solventar dignamente tu estadía en el lugar donde estés.
      Si te están pagando en negro, significa que están trabajando en negro, por lo cual tu empleador debe registrar la relación laboral; si no están contento con el trato que están recibiendo tenés que intimar a que te registren y provean de los viáticos necesarios para vivir, pudiéndote considerar despedido si no cumple con las intimación.
      Te sugiero asesoramiento personal con un abogado.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  17. Diego
    12 julio, 2011 a las 5:23 pm

    Hola Dr. Ferro.
    Tengo una consulta. Estuve trabajando 2 años y 11 meses en un bar bailable (nocturno). De un dia para otro (hace algunos días) me llama el encargado y me dice que el fin de semana siguiente no tengo que ir a trabajar sin explicarme las razones. Me comunico con mi patrón y me dice que hubo cambios de personal y que me llamará para tener una charla (que sera en estos días). Imagino se trata de mi despido…
    Mi pregunta es, ¿puedo iniciar acciones legales por el trabajo en negro y el despido sin aviso sin haberlo intimado previamente para el blanqueo? y también ¿cuales son las posibilidades de que el juicio salga a mi favor?
    Desde ya muchas gracias.
    Diego

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      12 julio, 2011 a las 7:42 pm

      Diego, si estás trabajando en negro y tu empleador te despide, desde el mismo momento en que dice que ya no vayas más a trabajar deberías intimar por telegrama laboral a que aclare cual es tu situación laboral ante la negativa de trabajo, y al blanqueo de la relación laboral, desde tu real fecha de ingreso.
      Para inicar acciones legales por trabajo en negro, previamente es necesario que hayas intimado al blanqueo de la relación laboral, y recién después de que rechace o niegue esa situación tu empleador podes iniciar acciones legales.
      Con respecto a la posibilidades de que el juicio salga a favor, depende de las pruebas que se tengan, si hay testigos fieles que puedan declarar a tu favor, y si se tiene alguna tipo de prueba documental para aportar a la causa; sin perjuicio de que en última instancia es el Juez el que valora los hechos y la prueba, dependiendo de como se haya encarado la demanda y las pruebas que se tenga siempre hay posibilidades de ganar el pleito.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  18. Diego
    2 julio, 2011 a las 10:40 pm

    Doctor,mi consulta es la siguiente. Trabaje durante tres años en un bar solamente los viernes, sabados y feriados como cajero del mismo y en el ultimo tiempo no me llamaron mas ya que consiguieron otro cajero. Mi horario era de las 22:00 pm hasta las 5:00 am. Mi sueldo era de $ 120 la noche, tuve vacaciones y nunca fueron pagadas. Se puede iniciar algun tipo de accion legal?. Saludos y gracias.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      3 julio, 2011 a las 5:46 pm

      Diego, la obligación del empleador de registrar a los empleador es independiente de la carga horaria que se tenga.
      El hecho de haber trabajado en negro y ser despedido permite iniciar acciones legales tendientes el cobro de la indemnización, debiéndose tener en cuenta si por tu trabajo y la carga horaria la remuneración que te pagaban es la correcta, por la posibilidad de reclamar diferencial salariales, más la indemnización que te deben y las multas por empleo en negro.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  19. carlos
    14 junio, 2011 a las 1:40 pm

    Dr. Ferro
    me dirijo a Ud. para preguntar por mi caso que es un poco complejo… trabaje en una ferretería como administrativo y al mismo tiempo y en la misma oficina desarrollaba trabajos para un transporte de camiones ( de administrativo), estas dos empresas son de dos hermanos o sea que cada una tiene como propietario a cada uno de estos dos hermanos (número de cuit, propietario diferentes en cada empresa)…..en estas empresa me tenían en NEGRO no estaba registrado, nunca firmé un recibo, no tenía obra social ni vacaciones, ni nada, llegó el momento y me despiden en forma verbal.
    Mi pregunta es que se puede reclamar y mi interés en saber si se le puede reclamar a las dos empresas por separado, las mismas tendrían convenios de trabajo distintos uno comercial y otro camioneros….
    Para las probar que trabajé en las dos empresas tengo abundante documental que certifican que trabajé en las mismas..
    por favor si me pueden detallar bien lo que puedo hacer y reclamar… gracias.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      15 junio, 2011 a las 11:51 pm

      Carlos, si trabajabas en una misma oficina para dos hermanos, titulares de dos empresas diferentes, no veo impedimento para iniciar los reclamos a los dos, ya que se puede considerar que son «socios», ambos son tu empleadores y deben responder en conjunto por tu reclamo.
      Igualmente son casos que merecen un estudio del mismo, siendo importante que tengas prueba documental que avale que trabajaste para ambas personas.
      .Antes que nada, es importante que tengas asistencia letrada de un abogado en forma personal, ya que es necesario realizar intimaciones previas que van a exceder tus conocimientos y cualquier error al respecto puede significar perder el reclamo posterior.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  20. gladys
    20 May, 2011 a las 5:59 pm

    hola trabaje 1 año y 9 meses en negro como empleada domestica, y me hecharon por no firmar una planilla de entrada y salida segun ellos se la habian entregado la afip, quisiera saber que es lo que me corresponde cobrar , gracias

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      25 May, 2011 a las 6:38 pm

      Gladys, si estabas trabajando en negro corresponde que inicies los reclamos correspondientes por trabajo no registrado, exigiendo por este medio el pago de las cifras que te adeuden, y el ingreso a los sistemas de seguridad social de los montos de dinero que tu empleador no realizó.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  21. gabriela
    12 May, 2011 a las 9:28 pm

    buenas noches, mi papa trabaja hace 40 años en un taller mecanico, y siempre en negro, que le corresponde? muchas gracias!

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      17 May, 2011 a las 8:39 pm

      Gabriela, ante que nada lo que le corresponde a tu padre es el registro de la relación laboral, habiendo trabajado tantos años y siempre en negro, el día que se quiera jubilar va a figurar que nunca hizo aportes, ya que su empleador nunca realizó los mismo ya que estaba en negro.
      Si tu padre fue despedido, correspondería que intime por negativa de trabajo para que regularicen la relación laboral, registrándola desde el primer día, caso contrario de puede considerar despedida e iniciar las acciones legales correspondientes por empleo en negro.
      Si tu padre quiere renunciar, le sugiero que antes también intime al registro de la relación laboral, a fin de evitar que cuando deje empleo no tenga los aportes jubilatorios y no se pueda jubilar.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  22. agustin
    6 May, 2011 a las 1:01 am

    hola mi nombre es agustin y trabajo en un call center hace 6 meses. lo que hacemos es aumentar 20 pesos los abonos de una compañia de celular. trabajo 4 hs al dia y cobro 1000 pesos, estamos en negro. una vez fue gente del ministerio no se a que pero nos hicieron mentir los mismos dueños, nos dijeron que digamos que hacia una semana que trabajabamos y que no vendiamos sino que haciamos calidad de un producto. yo al momento de hablar dije toda la verdad igual que dos o tres de mis compañeros y no paso a mayores este hecho. suponemos que los dueños pagaron alguna coima y todo siguio como antes. seguimos en negro y el trabajo este es una miseria, no nos animamos a decirnos que nos pongan en blanco por que seguro que nos hechan, se podra hacer algo? desde ya muchas gracias

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      14 May, 2011 a las 1:20 pm

      Agustín, es cierto el temor que tienen los empleados a la hora de reclamar el blanqueo del trabajo que realizan, y que muchas veces son despedido por el reclamo que hacen.
      En los casos que el empleado está decidido a irse del empleo, es el mejor momento para iniciar los reclamos (siempre teniendo en cuenta que no quiera quedarse sin empleo por el reclamo, más allá de cobrar una indemnización por vía judicial ).
      Lo que debe hacer llegado el momento es intimar por telegrama laboral a que registren la relación laboral, y abonen todas la cifras que les deben en concepto de diferencias salariales en el caso que la hubiera y cifras que les adeuden por horas extras.
      Si el empleador rechaza el reclamo se pueden considerar despedidos, iniciándose de esa manera el correspondiente reclamo judicial, por el pago de la indemnización y multas por empleo en negro.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  23. osmar
    29 abril, 2011 a las 1:39 pm

    Hola! Tengo el agrado de dirijirme a usted a los efectos de la siguiente consulta. Hece siete años que trabajo en negro con la promesa de hace cuatro de blanquearme cosa que no paso. Fui al departamento de trabajo y me dijeron que toda la culpa es mia. Primero me preguntaron donde cuando les dije el nombre mi dijeron blanquearte ahi nunca. Si dejo o no me dejan trabajar mas mis derechos los pierdo. Que puedo reclamar.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      14 May, 2011 a las 12:47 pm

      Si deja el trabajo o no lo dejan trabajar más, tiene dos años para reclamar por empleo en negro, pasado ese lapso precriben los derechos.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  24. FERNANDO
    25 abril, 2011 a las 6:40 pm

    Buenas Tardes. Mi trabajo es hacer las liquidaciones de sueldos y el GERENTE me ha pedido que haga una liquidacion FINAL, nunca tuve problemas con eso, pero en esta ocacion el caso es diferente:

    El sujeto a despedir NO esta registrado como empleado, pero sin embargo es PRESIDENTE de una Sociedad Anonima (segun el contrato social)

    El mismo tiene una antiguedad de 4 años (01/02/2007) y una remuneracion Neta de $4500 en «negro».

    Mi intension es no perjudicar a este empleado, y ayudarlo de la mejor manera, el problema que tengo es que no puedo consultar a nadie, ni a contadores ni abogados de la empresa porque el gerente no quiere que se enteren hasta que no este definido.

    Puntualmente lo que queria saber es si se liquidan otros conceptos fuera de estos:
    SAC proporcional
    Vac No gozadas
    SAC Vac No gozadas
    Preaviso
    Antiguedad
    Sueldo Propocional.

    Tengo entendido que hay una multa, que es la 1/4 parte, ¿se calcula sobre todos los conceptos?
    Una vez despedido .. ¿habria que registrarlo y pagar sus aportes y contribucions de SEG SOCIAL?
    ¿Hay algun marco legal, para evitar el registro del empleado despedido y PAGAR AL MISMO los aporte s JUBILATORIOS?

    Desde Ya muchisimas gracias, y esta pagina es muy interesante, y me ha ayudado en anteriores situacion, con el simple hecho de entrar leer.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      28 abril, 2011 a las 10:52 pm

      Fernando van los rubros que describiste, en el caso que lo despidan antes del último día del mes, se le incluye la integración del mes de despido más su correspodientes SAC, y el SAC sobre el preaviso
      La multa la que haces referencia, es la que impone la ley 24013, y se calcula sobre las remuneración devengadas por el trabajador, o sea sobre la remuneración que la persona recibía mes a mes, no sobre los conceptos en particular.
      Con respecto al pago de aportes y contribuciones adeudados, si lo despiden y luego ingresan los aportes adeudados, es una forma de reconocer que lo tuvieron en negro, y le dan la chance a que inice acciones legales con esa prueba a su favor, aunque le hecho de ser el presidente de al sociedad ya queda más que demostrada la relación laboral.
      Otra opción es registrar la relación antes de despedirlo, y luego registrada la relación laboral y pagados las deudas que se tiene con el sistema de seguridad social proceder al despido, de esa forma evitan las multas.
      Espero que le haya sido de utilidad.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  25. Marina
    22 abril, 2011 a las 10:48 pm

    Mi marido trabaja en una ong hace casi tres años, está como monotributista igual que todos los que trabajan en relación de dependencia mas de 40 hs semanales. Nunca cobró aguinaldos y lo quieren despedir, tenemos una hija de 7 años y nunca cobró asignaciones por ella; quisiera saber que es lo que le corresponde?
    Gracias

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      28 abril, 2011 a las 10:07 pm

      Marina, si tu marido está trabajando como monotributista en una ONG, está en fraude a la ley, ya que seguramente cumple las mismas funciones que una persona que está registrada como relación de dependencia.
      El hecho de estar como monotributista no implica perder los derechos a un eventual reclamo, todo lo contrario puede ser usado como prueba, demostrándose que se cumplian con los requisitos de la relación de dependencia y que el hecho de ser monotributista fue realizado por orden del empleador para evadir la ley laboral.
      Si tu marido quiere ser despedido, lo que debieras hacer es intimar a la regularización de la relación laboral, de esa manera niegan la intimación se considera despedido y puede reclamar la indemnización correspondiente con la multas por empleo en negro.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  26. Denise
    12 abril, 2011 a las 1:52 pm

    Dr. Ferro , quisiera saber si a mi esposo le corresponde la indemnizacion , habiendo trabajado en negro durante 5 meses y encima le quedaron debiendo el ultimo mes de sueldo desde ya muchas gracias .

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      16 abril, 2011 a las 2:48 pm

      Denise, si a tu esposo lo despidieron trabajando en negro, le corresponde indemnización, multa por empleo en negro y que ingresen al sistema de seguridad social las sumas que adeuden por no registrar la relación laboral.
      Se debe intimar por telegrama laboral a que registren la relación laboral, con los formalismos del caso.
      No envíen telegrama sin asesoramiento personal letrado.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  27. juan
    12 abril, 2011 a las 1:47 pm

    trabaje desde febrero del 2005 a abril del 2011 en negro como encargado de obra con tarea de techista herrero y construccion y me despidieron necesito saber que es lo que es lo que me corresponde cobrar,espero su respuesta gracias.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      18 abril, 2011 a las 11:49 pm

      Juan, si te despidieron estando en negro lo primero que corresponde es que intimes por trabajo no registrado y exigas el blanqueo de la relación labora, caso contratrio resulta muy dificil que te vayan a pagar la indemnización habiendo estado en negro.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  28. Gaston
    11 abril, 2011 a las 12:15 pm

    Hace 5 años y medio que me blanquearon, llevo mas de 15 años en el mismo trabajo. El patron el otro dia amenazaba con despedirme ¿Puedo reclamar por esos 10 años en negro?

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      16 abril, 2011 a las 2:26 pm

      Gastón, si podes reclamar por estar mal registrado, el hecho que tu empleador te haya registrado no implica perder le derecho a reclamar por los años que estuviste en negro, ya que estaría mal registrado.
      Siempre el mejor reclamar con la relación laboral vigente, siempre y cuando se esté seguro de querer dejar el trabajo, sabiendo de la posibilidad de que tu empleador te despida por reclamar, quedando habilitada la vía judicial con la multas por empleo en negro.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  29. Fedreico
    7 abril, 2011 a las 7:51 pm

    Hola
    dr mi consulta es la siguiente , hace dos años y medio que trabajo en una empresa ,mi sueldo real es de 4500 pero me pagan solo 15oo en blanco , el negro tambien me lo depositan en la cuenta sueldo , como deposito en efectivo asi fue un año enun banco y ahora es en otro , a demas trabajamos de 8 a 18 hs con una hora para almuerzo y los sabados de 8 a 13 hs , el convenio por lo que pude averiguar es de uecara lo cual creo que despues de las 48 horas semanales corresponderia el pago de horas extras , a demas estoy mal categorizado ya que en la tabla figuro como cadete y tengo pruebas de haber tenido cargo de jefe .
    mi consulta es la siguiente quiero renunciar por que estoy cansado de las preciones ya que hace 5 meses me sacaron de mi cargo y me pasaron a un puesto de administrativo , en el cual mi nuevo jefe realiza constantes preciones y maltrato verbal , a demnas yo trabajaba en capital y haora trabajo en prov mas cerca de mi casa pero mas incomodo por lo anteriormente mencionado , resumiendo si renuncio tengo derecho a reclamar haber estado mal categorizado, horas extras , y estar una parte en negro
    gracias espero repuesta

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      9 abril, 2011 a las 11:17 am

      Federico, si estás decidido a renuncia, antes debieras intimar a que regularicen la relación laboral, te abonen el 100% de tu sueldo en blanco, te coloquen en la categoría que te corresponde, y te abonen las sumas de dinero que te adeuden por horas extras.
      De esta manera, si ellos rechazan tu reclamo o no cumplen con el plazo de ley para cumplir con la intimación, podes considerarte despedido, exigiendo el pago de la indemnización y las multas por empleo en negro.
      Si renuncias perderías el derecho a reclamar por la ley 24013 (que impone muchas multas), solo podrías intimar a que te abonen las cifras que te adeudan por estar mal categorizado y horas extras debidas.
      Te sugiero intimar antes de renunciar, y forzar el despido indirecto que el que renuncies vos y luego intimes.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  30. Andres
    2 abril, 2011 a las 2:31 pm

    Hola, estoy trabajando en una empresa desde el 2004 como tecnico especialista y desde esta fecha de ingreso estuve facturando a la empresa bajo un contrato de locacion de obra hasta el año 2006, despues de esta fecha no renovamos contrato y segui facturando hasta el año 2008, desde entonces estoy sin facturar pero siempre cobre mis honorarios y tuve los mismos privilegios que un empleado en relacion de dependencia. Resulta que ahora la empresa esta despidiendo gente y me dicen que quieren efectivizarme, yo desconfio, ya que calculo es para poder despedirme dentro de unos meses y no pagarme indemnizacion alguna. Deberia solicitar que me efectivizen desde el año 2004 hata la fecha? Gracias.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      3 abril, 2011 a las 3:18 pm

      Andrés, en tu caso lo que debieras hacer es intimar a que regularicen tu situación laboral desde tu real fecha de ingreso, haciendo saber que te hacían facturar en fraude a la ley, y que en la actualidad continúas trabajando sin facturación.
      Lo que puede llegar a generar la intimación es que ellos si niegan la relación laboral luego no te permitan el ingreso, por lo cual te considerarías despedido, con la consecuente pérdida del empleo.
      Si tu intención no es perder el empleo, debieras hablar con tu empleador para lograr que cuando te registren lo hagan respetando tu período en que les facturabas, aunque es probable que no quieran haber ya que debieran abonar a la Afip todas las sumas que le adeudan en concepto de aportes y contribuciones, porque estarían reconociendo ante aquel organismo que te emplearon en negro.
      Si te registran y luego te despiden te correspondería indemnización (salvo que lo hagan durante el período de prueba), aunque aquello no impide que puedan luego reclamar tu real indemnización por estar incorrecta tu real fecha de ingreso, aunque en este caso sin las multas de la ley 24013 por empleo en negro, que hacen bastante más onerosa la indemnización.
      No inicie ninguna acción sin asesoramiento personal de una abogado, quedando a su disposición si asi lo requiere.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  31. Griselda
    27 marzo, 2011 a las 10:10 pm

    Hola, mi situacion es la siguiente: Soy Instrumentadora Quirurgica y va a hacer año y medio que trabajo para una ortopedia yendo a diferentes centros quirurgicos a asistir en las cirugias. Cuando empece a trabajar, me dijeron que me iban a pagar por cirugia que hiciera, a los 6 meses pedi me pusieran en blanco pero me dijeron que mas adelante lo iban a hacer. A los 9 meses negocie un minimo de $2000- (ya que seguia en negro) sin importar cuantas cirugias mensuales hiciera y prometiendome que en Enero de este año me iban a poner en blanco, pero aun no lo hicieron. Ellos argumentan que como no cumplo 45 hs semanales no saben en que categoria blanquearme, pero en realidad mi dispocicion es Full Time ya que las cirugias pueden ser de un dia para el otro y yo tengo que estar siempre disponible. Si vamos al caso si no llego a las 45 hs semanales se debe a que ellos no tienen mas cirugias a las cual mandarme.
    Otra vez que le volvi a pedir que me blanqueara me dijeron que la unica forma que tiene de hacerlo seria que yo cumpliera horario (45hs) y con un sueldo de $2500- Yo rechace esto porque se que mi sueldo como Instrumetadora Quirurgica por sindicato es de $3200- por 36 hs semanales.
    Otro tema es que mi trabajo es considerado ¨de riesgo¨ por estar en contacto permanente con sangre y ni siquiera tengo ART y jamas figure en ninguna cirugia ni en ningun quirofano en los que asisti.
    Actualmente el sueldo de $2000- no me alcanza y estoy buscando otro trabajo pero al momento de irme de este empleo quiero que sea con lo que me corresponderia.
    Gracias y espero su respuesta.

    • Dr. Martín Ferro. Abogado. (011) 1560184765 // (011) 43824641. martinferro@estudiojuridicofnc.com.ar
      28 marzo, 2011 a las 8:41 pm

      Griselda, al estar trabajando en negro, lo que debieras hacer es intimar a tu empleador a que regularice la relación laboral, encuadrandote en la categoría laboral que te corresponde.
      Asimismo, no es cierto que debas trabajar un mínimo de 45 hs. semanales para que se registre el trabajo, trabajando las horas que lo hagas tenes que estar debidamente registrada.
      Si el empleador en un determinado momento no tiene tareas para darte (cirugías en tu caso), el sueldo debe ser igualmente abonado como si trabajaras, es cuestión de él darte las taras que correspondan, el sueldo se paga por estar a disponibilidad del empleador cuando lo necesite.
      También debe proveerte de una ART, por si legas a tener algún accidente para que te cubra el mismo.
      Al intimar a tu empleador a que registre la relación laboral, hay dos posibilidades, que él registre debidamente y te pague lo que corresponde o que niegue que trabajas para él (y por lo tanto ya directamente no te permita el ingreso), en cuyo caso te consideras despedida, quedando habilitada la instancia del SECLO (Si vivis o trabajas en Capital Federal) y luego la judicial si no se llega a un acuerdo.
      Nunca inicies el intercambio telegráfico sin asesoramiento personal de un abogado, quedando a su disposición si así lo requiere.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  32. Toto
    25 marzo, 2011 a las 9:34 pm

    Que tal Dr. que sucede si una empleada de escritorio (función tareas contables varias), trabajó por 40 años, 3 veces por semana, 3 horas por día en un negocio, y nunca quiso blanquearse a pesar de los pedidos del empleador a hacerlo (había una relación de confianza), ella se negaba (la empleada) porque no quería pagar aportes. La empleada a su vez tuvo por casi 30 años otro trabajo en blanco (al mismo tiempo que tenia el trabajo en negro) por el cual sí se jubiló y aun estando jubilada, seguía trabajando en el trabajo en negro.
    La empleadora esta pensando en cerrar el negocio actualmente, dada su avanzada edad, y como la empleada falto por 8 meses al trabajo por un accidente que tuvo (sueldo que le fue pago igualmente durante todo ese tiempo) es que se consideró despedida y quiere que la indemnicen por todos esos años…esta pidiendo $1500 pesos (ella percibía un sueldo de $ 1200) y exige que sea por 47 años (esta mintiendo en la cantidad de años), se estima que de ambas partes no hay registros de cuándo realmente comenzó la relación laboral.
    La empleada se abusa emocionalmente de la empleadora, que ya es mayor, se aprovecha de una relacion afectiva de tantos años (que ahora esta en malos terminos).
    La pregunta es…que se hace en estos casos? como se calcula la indemnización teniendo en cuenta todo esto?

    • Dr. Martín Ferro
      27 marzo, 2011 a las 12:48 pm

      Toto, es responsabilidad del empleador registrar el trabajador, independientemente de que el empleado no quiera, no se puede alegar que fue él quien pidió no ser registrado a pesar de la intención del empleador.
      En el caso en cuestión, el pluriempleo (tener más de un empleo) no está prohibido, será cuestión de que el trabajador al denunciar el horario de trabajo en el reclamo que hace no se le superponga con el empleo que tenía registrado, (lo cual demostraría la falsedad del reclamo, no se puede estar al mismo tiempo en los lugares empleos), de no ser así el hecho de tener otro trabajo no influiría en nada.
      Con relación a la jubilación, nada impide que una persona jubilada trabaje, igualmente hay que registrarla, aunque también la legislación establece que la jubilación del trabajador implica extinción de la relación laboral (con la correspondiente indemnización), aunque puede volver a trabajar, pero computándose la antiguedad no desde su originario ingreso, sino desde el cese de la relación labora, debiendo ver en particular como es el caso de la persona.
      Con respecto a la indemnización, si tomamos en cuenta la jubilación de la persona como causal de extinción de la relación labora, habría que hacer el cálculo del Art. 245 de la LCT (Un sueldo por cada de año de trabajo o fracción mayor a tres meses), y luego si ella se considera despedida por trabajo no registrado, hacer el mismo cálculo desde su jubilación hasta el despido indirecto.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  33. gustavo
    21 marzo, 2011 a las 9:53 pm

    hola mi nombre es gustavo trabajo en un restaurant chino hace 1 año y medioy trabajaba como delivery en moto hasta el mes de noviembre q me robaron la moto trabajando ,sigo trabajando en el mismo lugar atendiendo el tel y preparando pedidos ,todo este trabajo en negro me descontaron el 20% del seguro por el robo de mi moto por estar en horario de trjo y la dueña no se hizo cargo de nada ,ahora quiere q reparta en bicicleta y yo me niego por el peligro ya q no tengo art quiero saber q puedo reclamar para poder trabajar en condiciones gracias

    • Dr. Martín Ferro
      27 marzo, 2011 a las 3:34 pm

      Gustavo, al estar trabajando en negro, lo primero que debiera hacer es intimar a que regularicen la relación laboral, y a partir de ahi exigir las demás condiciones de trabajo.
      La intimación a regularizar la relación laboral implica que si ellos se niegan a registrarla puedas considerarte despedido, (o al estar en negro ya no te dejen ingresar, que la cabo es lo mismo) exigiendo luego la indemnización por despido y multas por trabajo en negro.
      Nunca inicies un reclamo por telegrama laboral sin asesoramiento personal de un abogado, pudiéndose comunicar conmigo si lo llega a necesitar.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  34. miriam
    18 marzo, 2011 a las 2:25 pm

    me podras responder si yo solo trabajo los sabados 4hs tamb me pueden poner en blanco

    • Dr. Martín Ferro
      27 marzo, 2011 a las 2:26 pm

      Miriam, aunque trabajes los solo los sabados cuatro horas, corresponde que te coloquen en blanco.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  35. natalia maldonado
    15 marzo, 2011 a las 10:18 pm

    Doc. necesito hacerle una consulta, soy empleada domestica y estoy trabajando en blanco hace un año y medio y ahora quiero renunciar, me corresponde cobrar algo por esa antiguedad? mil gracias , espero pronto su repuesta

    • Dr. Martín Ferro
      27 marzo, 2011 a las 1:40 pm

      Natalia, en caso de renuncia no corresponde el cobro de indemnización.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  36. mariana
    13 marzo, 2011 a las 11:19 am

    buen dia DR. yo estube trabajando 8 años y medio en negro tube que dejar de trabajar por problemas en mi embarazo,luego retome y volvi a dejar ahora ya tomaron otra persona en mi lugar y ya no me necesitan nunca cobre los meses que me ausente como tampoco prenatal,nacimiento y siquiera los adginaldos en esos años vivo en provincia que puedo hacer? cuanto me corresponderia cobrar,mi empleador puede negarse a pagarme dbido a que nunca me despidio?

    • Dr. Martín Ferro
      17 marzo, 2011 a las 9:18 pm

      Mariana, estás en condiciones de exigir que registren la relación laboral, y te abonen las cifras dinerarias que te adeuden.
      Si tu empleador se niega a registrar la relación laboral podes considerarte despedida, reclamando la indemnización y la multas por empleo en negro.
      Nunca inicies un reclamo laboral sin asesoramiento personal de un abogado, puedes contar con mis servicios si los deseas.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  37. matias
    11 marzo, 2011 a las 5:16 pm

    hola estuve trabajando en negro durante mas de cuatro años hace poco me enferme y no pude trabajar durante una semana, motivo por el cual me despidieron o por lo menos eso considero yo, ya que mi jefe no atiende mis llamados telefonicos hace dias . quiero saber si al hecerle juicio tengo posibilidades de ganar y cuales srian mis beneficios?

    • Dr. Martín Ferro
      17 marzo, 2011 a las 8:40 pm

      Matias, en tu caso tenes que intimar por telegrama laboral a que blanqueen tu relación labora, y aclaren cual es tu situación laboral al no permitirte el ingreso.
      Si no te blanquen o niegan tu reclamo, podes considerate despedido, y reclamar la indemnización por cuatro años de trabajo, más las multas por empleo en negro.
      Nunca inicies un reclamo sin asesoramiento personal de un abogado, si lo desea puede contar con mi servicios.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  38. ana
    10 marzo, 2011 a las 1:26 pm

    Hace 2 años inicie un juicio laboral , ya que mi jefe me despidio por enfermedad de mi marido y durante los 14 meses que trabaje me tuvo en negro.En la mediacion alego que no iba a llegar a ningun acuerdo porque estaba enojado,en la primer carta documento reconocio que yo trabajaba pero muchas menos horas de las que en verdad lo hacia. Todos sus testigos son falsos, ya que todos me conocen de cuando estaba alli. El jueves proximo es el juicio: tengo posibilidades de ganar? llamara el juez a los testigos y me dara la posibilidad de refutar sus dichos?en el caso de ganar cuanto tiempo tiene para pagarme? como se si la afip le inicio juicio por trabajo en negro y si le impuso multas? gracias, espero su respuesta.Mi juicio se tramita en la pcia. de buenos aires

    • Dr. Martín Ferro
      27 marzo, 2011 a las 1:09 pm

      Ana, son cuestiones que las debes hablar con el abogado interviniente, es él quien debe evacuar las dudas de un cliente que está en juicio.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  39. Shamir
    9 marzo, 2011 a las 4:11 am

    Buenas Dr. Martín Ferro estuve en un trabajo 2 dias , supuestamente el primer dia era para observar todo , pero me hicieron trabajar con el pretexto de que aprenda a como se desarrolla el trabajo pero francamente me explotaron porque trabaje gratis sin tiempo de descanso 8 horas exactamente . Al dia siguiente llegue como ayudante de almacen mi cargo era bajar las cajas y que los vendedores la muestren pero el gerente me obligaba a abrirlas y probarlas sin capacitacion de por medio. Siendo denigrado por mi lentitud y ofendido seriamente por los clientes por no ser rapido y mucho menos por demorarme en enseñarles productos que no sabia ni habia sido capacitad y cargando mas de lo que podia sin ayuda de nadie.En lo ultimo me ocurrio un accidente con un parlante y de casualidad se cayo . el gerente me quiere hacer pagar todo el producto pero observando el trabajo en almacen y los constantes reclamos vi que hay repuestos pero el gerente quiere que pague todo el equipo de sonido . No eh firmado ningun documente y mucho menos enviado mi curriculum vitae no se si volver o denunciar este maltrato o simplemten dejar ese trabajo por que no eh firmado nada.

    • Dr. Martín Ferro
      9 marzo, 2011 a las 11:55 pm

      Shamir, por dos días de trabajo directamente no regrese más allá, es más responsabilidad del gerente del lugar por tomar gente en negro sin capacitar que suya por la rotura accidental de las cosas, será él quien luego tenga que dar explicaciones de como es que andan manipulando mercadería gente ajena a los empleador del lugar.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  40. melina
    7 marzo, 2011 a las 1:45 am

    buenas noches, trabaje durante 1 año y 8 meses en negro con un sueldo de 1500 pesos mensuales, hace cuatro dias decidieron sin motivo alguno dejarme sin trabajo y no solo eso sino que se niegan a pagarme 1600 pesos que me deben de meses anteriores.
    quiero saber en este caso que puedo hacer para reclamar ese dinero y si hay posibilidad de cobrar una indemnizacion ya que el despido fue de un momento a otro sin darme la posibilidad de empezar una busqueda laboral nueva.
    agradezco atentamente.
    Melina.

    • Dr. Martín Ferro
      9 marzo, 2011 a las 11:44 pm

      Melina, ante todo al haber trabajado en negro corresponde que intimes a que registren la relación laboral y aclaren cual es tu situación actual en el empleo, pudiendo considerarte vos despedida si tu empleador no reconoce la relación laboral, exigiendo el pago de la indemnización correspondiente, de todas las cifras que te deban en concepto de salarios, vacaciones, aguinaldo, etc, y las multas por empleo en negro.
      No dudes en contactarte conmigo si llegas a requerir asesoramiento personal de un abogado.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  41. oscar ruiz
    6 marzo, 2011 a las 9:42 pm

    Hola doc trabaje 17 años en una farmacia 1° a los 10 años me hicieron renunciar porque cambiaron de razon social pero seguimos trabajando todo normal con la promesa de reconocernos la antiguedad me hecharon siete años despues ahora solo me pagan los 7 años y me quieren dar 5000 pesos x los 10 años anteriores ,lei un poco el CCT y le cuento que nunca me respetaron la categoria yo trabaje llevando las cuenta corriente ,lleve obras sociales ,stock ,atencion al publico ,actalmente me hacen trabajar en la caja y cierre de obras sociales,trabaje domingos feriados ,hice turnos nocturnos o sea hice de todo ,en el CCT dice algo de que despues de 5 años te tienen que subir de categoria a mi nunca me subieron de categoria no me pagan comida ni falla de caja ,horario de trab 8 a 15 ,muchas años trabaje 8 horas y mi sueldo decia por 4 ,ellos eran farmacia pero me pagaban con recibo de comercio me gustaria que me de una idea ya que tengo que hacer un arreglo o hacerle una demanda muchas gracias

    • Dr. Martín Ferro
      9 marzo, 2011 a las 11:31 pm

      Oscar, en su caso si estuvo mal registrado, más allá de que le hayan hecho firmar la renuncia, ustes tiene derecho a reclamar las sumas que le adeuden.
      Si ustes desea una arreglo, debiera lograr que le paguen la indemnización correspondiente a la totalidad de la relación laboral, abonar $5000 pesos por 10 años de trabajo anteriores es muy poco, tenga en cuenta que corresponde como mínimo un sueldo por cada año de servicio.
      Siempre es bueno intentar llegar a un acuerdo a fin de evitar un litigio judicial, en Capital Federal existe la conciliación obligatoria antes de juicio, en cuya instancia se intenta llegar a un acuerdo para evitar el juicio.
      Cualquier duda que tenga no tengo inconveniente que se comunique conmigo, recuerde nunca accionar sin asesoramiento personal de un abogado.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  42. melina
    28 febrero, 2011 a las 7:55 pm

    hola soy melina. mi consulta es , estuve solo una semana trabajando en negro. y de un dia para otro me dijo que ya no venga mas que iban a venir su sobrinas a trabajar. son peruanos. puedo reclamar algo . mandarle telegrama.solo me pago la semana trabajada.tengo ´prueba s que trabaje ahi.

    • Dr. Martín Ferro
      2 marzo, 2011 a las 11:44 pm

      Melina, te soy sincero, por más que estarías en condiciones de reclamar por una semana de trabajo, lo que puedas llegar a percibir es muy poco, va a ser más el tiempo en intimar que lo que vayas a percibir por una semana de trabajo en negro.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  43. alan
    24 febrero, 2011 a las 1:58 pm

    hola soy alan estoy trabajando en un local hace 3 meses de lunes a sabados de 9 a 8:30 y me paga n 1400 pesos y dicen que me pusieron en blanco. pero en el recibo que me dieron dice que me pagan 2700 y los aportes son falsos aparte me lo hacen firmar como conformidad se les puede hacer algo.??? gracias

    • Dr. Martín Ferro
      6 marzo, 2011 a las 4:17 pm

      Alan, tu empleo está incorrectamente registrado, si registran un sueldo menor al que realmente percibis deber intimar para que abonen lo que realmente te corresponde, bajo apercibimiento de poder considerarte despedido.
      Si ellos consignan 2700 y te pagan 1400 te adeuden 1300 pesos, que podrías reclamar su pago.
      También podes intimar el pago de los aportes y contribuciones que no están realizando.
      El pago en conformidad no te genera ningún perjuicio, ya que los pagos que se reciben son a cuenta de lo que se adeude, aunque se firme en conformidad sin hacer reserva de derechos.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  44. alejandra
    13 febrero, 2011 a las 1:53 pm

    buenas tardes,mi consulta es:despues de haber trabajado 1 año y medio es negro.y habiendo renunciado por decision mia.que me corresponde cobrar?

    • Dr. Martín Ferro
      18 febrero, 2011 a las 6:11 pm

      Alejandra, ante todo, ¿como hiciste para renunciar a un empleo en negro?, por la renuncia no corresponde el pago de indemnización (en los casos de empleo en blanco), en tu caso estando en negro podrías intimar a que registren la relación laboral, y exigir las multas por empleo en negro, aunque ya sería judicializar tu tema.
      Sin llegar a ese extremo, habiendo estado en negro, podrías «llegar a un acuerdo», con tu empleador de que te abone lo que te correspondería por despido si hubieras estado en blanco, en tu caso: Dos sueldos (por antiguedad), preaviso (los dias faltantes hasta fin de mes del que dejaste de trabajar), vacaciones proporcionales, preaviso (un sueldo más), sueldo anual complementario proporcional, y los días trabajados del mes.
      Esa cifra que te abone, siempre va a ser menor al dinero que se ahorró teniéndote en negro, y va a ser mucho menor a lo que le tenés derecho a reclamar si sumás las multas por empleo en negro al iniciar acciones legales.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  45. genoveva
    11 febrero, 2011 a las 6:06 pm

    consideré despedida por q mi jefe de varios años me golpeo. en el momento mismo de recibir el golpe corri a la secrt de trabajo a enviar intimacion para pedir se me recategorice de acuerdo a la funciones q cumplia y a el cese del maltrato. mi ex jefe se hizo el desatendido por lo q me considere despedida, cerre intercambio episcolar e hice el reclamo adm en donde pusieron mi fecha real de ingreso y quiero demandar. recien ahi me doy cuenta de q en la secrt de trabajo hicieron mal el telegrama y pusieron mal la fecha de ingreso,(o sea la fecha del reclamo y la del primer telegrama no es al misma)¿acaso pierdo toda posibilidad de reclamar judicialmente? me pusieron 2 meses anterior a mi ingreso,que fue atraves de un plan de capacitacion . mi jefe me tenia en blanco desde q entre, solo q en una categoria q no era la mia, y me considere despedido por su culpa(por el golpe)…puedo perder toda la indemnizacion por error de la fecha de ingreso???No puedo creerlo….como no me di cuenta!!!

    • Dr. Martín Ferro
      18 febrero, 2011 a las 6:01 pm

      Genoveva, lo que se coloca en el telegrama es lo que vale, ya que en base a los datos allí colocados es que se hace la demanda.
      En ese caso, ellos deberán demostrar que la fecha de ingreso que alegás (por más que sea un error) no es correcta, que ellos te tenían correctamente registrada, lo cual no impide reclamar una indemnización por todos los demás rubros que demandés, más allá de un error de tipeo en el telegrama.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  46. Guillermo
    8 febrero, 2011 a las 12:28 pm

    Como va, hace 5 años q trabajo en una farmacia, en negro, medio turno. La cosa es que no creo que me vayan a poner en blanco si así lo exijo, pero tampoco quiero quedarme sin trabajo, porque seguramente me echarán si pido que me pongan en blanco. Entonces, hay alguna forma de hacer juicio una vez que me fuí y sin haber exigido anteriormente que me pongan en blanco? o sí o sí tengo que exigirlo para después poder hacer juicio? y si lo exijo ahora y me colocan en blanco, que pasa con todos los aportes de los años anteriores no pagados por el empleador? En fin, se puede hacer juicio si renuncié y antes no exijí por carta que me pongan en blanco?

    • Dr. Martín Ferro
      9 febrero, 2011 a las 12:36 am

      Guillermo, antes de iniciar cualqueir reclamo laboral es necesario que intimes, caso contrario no podrías iniciar ninguna demanda.
      En caso de que intimes y que registren, lo deben hacer con tu real fecha de ingreso, haciendo los correspondientes aportes y contribuciones que tenga adeudados.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  47. Andrea
    5 febrero, 2011 a las 2:43 pm

    Buenas tardes, estoy en negro hace 10 años y el empleador me dijo que no vaya mas y me ofreció pagarme 10 meses de sueldo mas dos de preaviso, y una semana de vacaciones del 2010 que aún no me tomé. Es correcto? me tiene que mandar algun telegrama para terminar la relación laboral?

    • Dr. Martín Ferro
      27 marzo, 2011 a las 4:11 pm

      Andrea, la liquidación que está ofreciéndote tu empleador se asemeja a la que te correspondería por ley, aunque teniendo en cuenta que estás en negro correspondería el pago de las multas por empleo en negro.
      En tu caso estás en condiciones de intimar a que regularice la relación laboral, y caso contrario que te abone la indemnización más las multas por empleo en negro, pudiendo llegar a recibir alguna suma superior en una negociación judicial.
      Podes aceptar la cifra que te ofrece y ponerle fin al asunto, o intimar a que te pague lo que realmente te corresponde (que puede llegar a ser mayor la cifra, depende de analizar el caso puntualmente), para lo cual no lo hagas sin asesoramiento personal de un abogado, quedando a su disposición si así lo requiere.
      Atte.
      Dr. Martín Ferro.

  48. silvia
    1 febrero, 2011 a las 2:52 pm

    hola mi nombre es silvia y durante 9 años trabaje como empleada domestica ,por razones de salud deje de trabajar esperan que me pagaran mi indemnizacion ,mas lo adeudado de años anteriores, tenia una muy buena relacion casi personal intente hacer acuerdo me pidio que le firmara un acuerdo por el que me pagaria 2500 $ esto fue en mayo 2010 en verdad creo que me estafo que debo hacer es abogada y hace este tipo de cosas con sus empleados gracias

    • Dr. Martín Ferro
      8 febrero, 2011 a las 11:32 pm

      Silvia, no tengo en claro si trabajaste en blanco o en negro, si lo hicise en blanco cualquier suma que percibas por más acuerdo privado no homologado por autoridad administrativa que hagas, va a cuenta de lo que te puedan llegar a deber, lo que debieras hacer es intimar al pago de la indemnización total de la indemnización que te corresponde, pudiéndo exigir su pago judicialmente.
      Ate, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  49. juan carlos lombardo
    1 febrero, 2011 a las 2:31 pm

    Estimado,
    Desde 1998 trabajo en una empresa multinacional la cual durante los primeros años (hasta el 2004) facture mensualmente los haberes como honorarios, a partir de setiembre del 2008 ingrese a la misma con contrato por tiempo indeterminado, mi consulta es la siguiente, estoy a cuatro meses de cumplir 65 años y solicitar mi jubilacion, dado que para determinar el haber jubilatorio se toman los ultimos 10 años ¿ como influiria denunciar los años no registrados en el calculo de mi haber? agradecere vuestra sugerencia,
    saludo a Ud. atte Juan Carlos

    • Dr. Martín Ferro
      8 febrero, 2011 a las 11:28 pm

      Juan Carlos, en tu caso para la jubilación se va a tomar en cuenta toda tu vida laboral, ya sea como monotributista y como relación de dependencia, haciéndose el cálculo tomando en cuenta tu período facturando y en relación de dependencia, a la afip no te va a aceptar que computes todos los años como empleado, eso va a salir automáticamente de los registros de ellos, no veo la forma que puedas hacer lo que me planteás.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  50. Marina
    31 enero, 2011 a las 10:02 pm

    Doctor.Trabajé cuatro años en un Estudio Contable.Siempre estuve en negro.En diciembre del año pasado finalizó la relación laboral y el día 26 envié mi primer telegrama (también informé a la AFIP la situación). Esperamos 30 días y envié un segundo telegrama el cual fue rechazado (en el domicilio laboral) y con domicilio cerrado (en la residencia particular de mi ex jefe). Nunca me pagó vacaciones ni aguinaldo. Mi puesto era de administrativa (me hacía cargo de todo en la oficina) y tenía a mi cargo a una compañera (también en negro) con jornada laboral de 8 horas.Quería saber de cuánto es aprox. la indemnización y en caso de ir a juicio que posibilidades tengo de ganar. Ojalá pueda ayudarme. Saludos

    • Dr. Martín Ferro
      8 febrero, 2011 a las 11:22 pm

      Marina, tu situación me hace pensar que ya hay un abogado entendiendo en tu tema, debiera ser él quien te asesore en este caso, ya que conoce los pormenones de tu relación laboral y tiene la pruebas que le presentaste, no es prudente que me expida al respecto, espero que lo sepas entender.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  51. martin
    29 enero, 2011 a las 10:27 pm

    hola, yo estoy trabajando en negro hace 3 años, de ayudante de panadero, turno noche, cobro $250 semanales, de domingo a sabado, nunca cobre aguinaldo, hace un año recien tuve una semaña de vacaciones, que me pago 250 por esa semana,tengo problema en la columna ellos lo saben y nunca me dieron una faja ya que alzo los tablones,nunca me dieron ropa para que realise mi trabajo,el puede hecharme y salirse con la suya sin pagar un centavo?

    • Dr. Martín Ferro
      8 febrero, 2011 a las 10:59 pm

      Martín, es facultad del empleador despedir al trabajador cuando quiera, pero es imposible que pueda efectivizar legalmente un despido de una persona que está en negro, lo que vos debieras hacer es intimar a que regularice la relación laboral, y en caso de que se niegue te podes considerar despedido, exigiendo por vía judicial el pago de tu indemnización más las multas por empleo en negro.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  52. eduardo
    15 enero, 2011 a las 12:44 pm

    hola! trabaje en negro 6 meses en una empresa y el dueño me despidio sin causa de un dia para el otro, quisiera saber si hay algo que pueda hacer, ademas yo tuve un accidente de trabajo hace 2 meses en esa misma empresa, y como estaba en negro tuve ke concurrir a hospitales publicos a hacerme atender.

    • Dr. Martín Ferro
      16 enero, 2011 a las 11:02 pm

      Eduardo, si te despidieron estando en negro, lo que corresponde es que intimes a que aclaren cual es tu situación laboral e intimes a que registren la relación laboral, pudiendo reclamar judicialmente la indemnización si es que se niegan a registrar la relación laboral.
      Asimismo en casos de accidentes laborales te debe atender la ART, en cuyo caso si tu empleador no tenia una deberá hacerse cargo de los daños que sufiriste en el trabajo.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  53. monica
    5 enero, 2011 a las 7:11 pm

    Hola trabajo desde diesiocho años de empleada domestica gano muy poco y estoy en negro quisiera saber si en mi caso existe la posibilidad q esta persona pueda abonarme todo lo q no me pago todos estos años via judicial
    gracias saludos

    • Dr. Martín Ferro
      5 enero, 2011 a las 9:07 pm

      Mónica, en tu caso si tu empleador te tiene en negro, podes reclamar la regularización de la relación laboral y el pago de aquellas sumas que te adeuden (dos años para atrás), considerándote despedida si no registran correctamente tu trabajo, recurriendo al tribunal del servicio doméstico.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  54. guadalupe
    2 enero, 2011 a las 10:54 am

    hola soy guadalupe trabajo en un cyber en carlos paz desde hace 5 meses dos cubriendo franco y tres con un horario fijo de 8 horas semanales con un franco a la semana quiero saber cuales son mis venificios con respecto a vacaciones ,aguinaldo, y sueldo ya que cobro $900. y con respecto al blanqueo cules son los pasos a seguir.

    • Dr. Martín Ferro
      5 enero, 2011 a las 8:45 pm

      Guadalupe, con respecto a tu vacacioenes y sueldo, te corresponde el proporcionar a los días y horas trabajadas, y con respecto al aguinaldo se debe usar como parámetro la mejor remuneración que cobraste en el semestre, y a partir de ahi hacer los cálculos para saber cuanto es que te corresponde.
      Con respecto al blanqueo, si estás trabajando en negro, y tu empleador no te quiere blanquear, podes recurrir a la intimación para que lo haga, pero en este caso seguramente si tu empleador se niega a blanquearte, desconozca la relación laboral, por lo tanto te vas a ver obligada a considerarte despedida, pudiendo accionar judicialmente luego.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  55. CAROLINA
    15 diciembre, 2010 a las 5:57 pm

    dr. trabajo en un negocio desde hace 6 años y ahora quiero renunciar. me pagan una parte en blanco y otra en negro, en mi recibo figura que trabajo 24 hs semanales cuando en realidad trabajo 42 hs. estube contratada por agencia hasta hace 3 años. y recien en el 2007 me contrató mi empresa, por tanto mi antigüedad data del 2007 y no del 2004. HOY POR HOY, me quiero ir sin tener que llegar a un juicio y quiero tener un arreglo proporcional pero tampoco deseo irme con tanto menos de lo que meresco. mi sueldo real es 3000 (aprox) en blanco 1200 (aprox) me podría decir a simple cálculo con cuanto deberiamos arreglar? por favor me urge su respuesta.
    desde ya muchas gracias.

    • Dr. Martín Ferro
      22 diciembre, 2010 a las 1:17 am

      Carolina, si deseas renunciar y tu relación laboral estaba incorrectamente registrada, lo que debieras hacer es hablar con tu empleador para llegar a un acuerdo espontáneo ante el Ministerio de Trabajo o el SECLO si es en Capital Federal, ya que por renuncia no te corresponde indemnización.
      Estando mal registrada y pretendiendo una indemnización, si queres dejar el trabajo intima a que registren correctamente la relación laboral, si se niegan a blanquear en total de tu trabajo te consideras despedida y tratas de negociar luego, sino por renuncia no te van a pagar ninguna indemnización.
      Se calcula un sueldo (la mayor remuneración en el último año) por cada año trabajado, más vacaciones proporcionales y aguinaldo proprocional.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  56. Alejandro
    14 noviembre, 2010 a las 11:34 pm

    Dr.
    Soy de Rosario y estoy trabajando hace 7 años pero solo estoy anotado por solo 4 años 5 meses y mi sueldo es el mismo que un principiante . Cuando reclame esto frente a ellos quisieron despedirme y luego no lo hicieron porque me achique al necesitar el trabajo pero es posicle que mañana me despidan por lo mismo . Que se puede hacer judicialmente ? con respecto a los años trabajados no registrados , puedo reclamarlos una vez despedido ? 9 hs semanales y trabajo sabados 8 1/2 Hs . Quisiera saber si pago a un abogado si me va a costar gran parte de la indenmisacion .Necesito una respuesta por favor le estare muy agradecido

    • Dr. Martín Ferro
      25 noviembre, 2010 a las 11:40 pm

      Alejandro, siempre se puede reclamar cuando se es despedido y no estaba registrada o lo estaba incorrectamente, el tema es que hay multas que se efectivizan únicamente cuando se intima al empleador a que regularice la relación laboral estando esta vigene.
      Si te despiden, lo que se puede hacer es que intimes a que ingresen los aportes y contribuciones adeudados (por el período que no estuviste registrado), al igual que entreguen correctamente el certificado de trabajo.
      Lo que te llegue a cobrar el abogado depende del acuerdo que llegues con él, siendo la cifra máxima que puede cobrar el 20% de lo que te abonen en caso de que inicies las acciones judiciales, mediante la figura del pacto de cuota litis.
      Siempre tenes que actuar con abogado, desde el inicio que enviás los telegramas laborales, para seguridad tuya de que los mismos estén bien redactados, ya que los errores formales que puedan tener los mismo pueden perjudicarte luego en un eventual reclamo judicial.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  57. carolina
    13 noviembre, 2010 a las 1:00 pm

    Hola, soy Carolina. te quiero consultar porque hace 10 meses que trabajo en negro 4 horas por día y me pagan por semana $200. Necesito saber que tengo que hacer para lograr que me registren y además creo que el sueldo esta muy por debajo de lo que corresponde. quiero que esto sea de buena manera, gracias.

    • Dr. Martín Ferro
      14 noviembre, 2010 a las 4:54 pm

      Carolina, para que te registren tenes que intimar por telegrama laboral a tal efecto, o sin llegar a ese extremo tratar de hablarlo con tu empleador para que lo haga.
      En los casos que intimás por telegrama laboral, cuando estás en negro es muy común que tu empleador niegue tan situación rechazando tu intimación a que registre la relación laboral, por lo cual no queda otra que considerarte despedida, a fin de iniciar las correspondientes acciones judiciales.
      No es sencillo para el trabajador que está empleado en negro reclamar por sus derecho, ya que siempre está en juego la continuidad de la relación laboral, por lo cual si se intima se tiene que estar convencido de la posibilidad de quedarse sin empleo, pero con la posibilidad de iniciar las acciones legales.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  58. miguel
    7 noviembre, 2010 a las 11:00 am

    hola doctor mi consulta es la siguiente trabajo en una empresa hace 24 años cobrando una parte en blanco y otra en negro hay forma de demostrar dicho pago en negro

    • Dr. Martín Ferro
      9 noviembre, 2010 a las 7:16 pm

      Miguel, las probanzas de los pagos en negro dependen de las pruebas que cada uno tenga para aportar, pero efectivamente se puede probar, como puede ser con testigos.
      Tu empleador tiene la obligación de abonarte el 100% de tu remuneración en blanco, y vos tenes el derecho de exigir que asía sea, pudiendo recurrir judicialmente en los casos que tu empleador se oponga a realizarlo.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  59. lilian
    6 noviembre, 2010 a las 9:38 pm

    hola , hace dos años que trabajo en un instituto (enseñando) que es una asoc civil sin fines de lucro y lo hago en negro pero deje de trabajar esta semana porque senti que me agredieron con algunas actitudes delante de los alumnos la cuestion es que yo soy vocal suplente puedo reclamar? muchas gracias

    • Dr. Martín Ferro
      9 noviembre, 2010 a las 7:13 pm

      Lilian, siempre que una persona trabajó en negro puede reclamar, es tu derecho exigir que se registre la relación laboral y se hagan todos los aportes que se omitieron por estar la relación en negro.
      Lo que debieras hacer, es intimar por Telegrama laboral a que registren correctamente la relación laboral, bajo apercibimiento de considerarte despedida, con la correspondiente multa por empleo no registrado.
      El hecho que sea un Asociación Civil sin fines de lucro no es impedimento para tener los trabajadores registrados, todo empleador tiene el deber de cumplir con la ley, registrando a los trabajadores.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  60. Maria
    2 noviembre, 2010 a las 5:46 pm

    Dr. Martin Fierro:

    Hola, recientemente ingrese a trabajar a una empresa y sucedio que el dueño de la misma no deseaba que continuara en ella (debido a que tengo un hijo), solo trabaje 2 meses, en negro. Ahora no me pagan el segundo mes que trabaje y realmente el motivo del despido junto con esto me motivan a consultarle; aparte del sueldo correspondiente, podria reclamar los aportes que jamas realizaron? Que pasaria con la asignacion por hijo que jamas me pagaron? Podria incluir algun otro reclamo? Desde ya muchas gracias.

    Saludos,
    Maaria

    • Dr. Martín Ferro
      6 noviembre, 2010 a las 8:03 pm

      María, el deber de registrar la relación laboral de parte del empleador es desde el mismo momento que se inicia la misma, estando en condiciones de intimar a que regularice la relación laboral, ingrese al sistema de seguridad social los aportes y contribuciones y te pague todas las sumas de dinero que te adeude.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

  61. martin
    21 octubre, 2010 a las 11:24 pm

    hola hace 3 años estoy trabajando , en negro , y quiero renunciar , mi sueldo es de $2.000 mensuales y no quiero llegar a juicio , trabajo 8 hora diarias , quiero llegar a un arreglo , y quiero saber cuanto me corresponde , para la liquidacion final

    • Dr. Martín Ferro
      28 octubre, 2010 a las 9:38 pm

      Martín, si queres renunciar sin llegar a juicio, lo que corresponde hacer es arreglar con tu empleador una conciliación espontánea en el SECLO (si se trata de Capital Federal) o en el Ministerio de Trabajo, si se trata de Provincia de Buenos Aires.
      Con respecto a las sumas que te corresponde de indemnización, se debe calcular un sueldo por cada año de servicio, más proporcional de las vacaciones, aguinaldo y también se le puede sumar el preaviso, aunque por renuncia no corresponde, pero al estar en negro estás en mejor posición que tu empleador para negociar, ya que en caso de llegar a juicio podes reclamar las multas por trabajo en negro.
      Para toda conciliación, los cuales tienen que ser con asistencia letrada, te recomiendo que la hagas ante el SECLO o Ministerio de Trabajo, para tu seguridad en el cobro y para la de tu empleador quien también querrá asegurarse de que no habrá reclamos posteriores.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro.

      Atte. a su disposición.

  62. Claudia
    5 octubre, 2010 a las 12:11 am

    Dr. Martín Fierro

    Mi nombre es Claudia, trabajo para una empresa desde el 6 de enero del 2008, estoy en negro. Ingresé cobrando $1000 por 9 Hs de Lunes a Viernes. Luego por cuestiones de estudio se me redujo la carga a 8 Hs por los mismos días. Al tercer mes pedí un aumento y empecé a cobrar $1200. Hace 4 meses pedí otro y me aumentaron a $1400, al aguinaldo que me pagaron (que ellos llaman premio) fue de $400. Aparte se me paga $200 si llego todos los días del mes a las 9 en punto. El miércoes (hoy es lunes) pedí un aumento más razonable, uno que me acerque al mínimo, uno de $500 se me dijo que sí, pero cuando me pagaron el día viernes recibí solo $200 de aumento, lo que lleva mi sueldo a $1600. Quisiera saber cómo proceder, hablé sobre el tema con mi empleados y me dijo que la empresa no está dispuesta a pagar eso.
    Espero tu respuesta y quisiera saber cuánto me correspondería si inicio juicio.

    • Dr. Martín Ferro
      6 octubre, 2010 a las 6:36 pm

      Claudia, ante todo si está trabajando en negro lo que debes hacer es intimar a que registren la relación laboral, y a partid de eso que te abonen la remuneración que corresponde a tu categoría de trabajo, debiendo el empleador pagarte conforme los parámetros del convenio colectivo que te corresponda.
      Atte. a su disposición.
      Dr. Martín Ferro

  63. Franco Esteban Muñoz
    2 octubre, 2010 a las 10:08 am

    Dr. Martín Ferro.
    Me dirijo a Ud. para plantear lo siguiente:
    Trabajo en una empresa de seguridad desde el 19-09-2009, con un sueldo 1500 y un viatico no imponible de 450.
    Tenemos que hacer 200 horas para ganar el basico, y hacemos un promedio de 260 a 300 horas mensuales. Las horas extras las pagan a 8 pesos, sin importar si son de noche, y las pagan en negro.
    Trabajamos de lunes a lunes, 12 horas diarias y a veces 24, , no nos pagan domingos ni festivos.
    Que se puede hacer en este caso para dar solucion al problema?
    Las 24 horas las hacemos de 18:00 a 18:00.
    Esperando una respuesta satisfactoria, se despide Atentamente
    Franco Muñoz

    • Dr. Martín Ferro
      2 octubre, 2010 a las 11:10 am

      Franco, tu situación es violatoria de la legislación vigente en materia laboral; lo primero que debo preguntarte es, ¿estás trabajando en blanco?
      Considero que lo que deben hacer es comenzar con las intimacioens a tu empleador exigiendo todos los pagos que les adeudan, que registre la relación laboral en el caso que estén en negro o la registre correctamente si están defectuosamente registrados.
      Cuando los empleados se ven sujetos a abusos de por parte de los empleadores en las condiciones laborales, está en su derecho el intimar al cese de las irregularidades, pudiendo recurrir judicialmente en el caso de que tu empleador niegue los hechos que denunciás.
      Al intimar, es posible que tu empleador decida despedirte al considerar que tus planteso no son cierto, aunque ustedes decidan reclamra sin considerarse despedidos (se puede reclamar con la relación laboral vigente), por lo tanto es bueno siempre antes de iniciar algun tipo de reclamo estar seguro de que es una posibilidad terminar con el vínculo laboral, exigiéndose luego las indemnización con multas que les corresponden.
      Atte, a su disposición.
      Dr. Martín Ferro

      • Franco Esteban Muñoz
        2 diciembre, 2010 a las 1:15 am

        Si, trabajo en blanco,solamente las horas extras las pagan en negro.
        Tengo la siguiente duda:
        Una ves despedido y recibida la indemnizacion se puede iniciar un juicio por todas las violaciones a nuestros derechos como empleados, tales como:
        Malas condiciones de trabajo
        Horas en negro
        Maltratos por parte del supervisor
        Abuso de poder
        Amenazas verbales etc.
        desde ya muchas gracias

      • Dr. Martín Ferro
        2 diciembre, 2010 a las 10:02 pm

        Franco Esteban, si te despiden podes igualmente iniciar acciones legales por las horas en negro trabajadas, exigiendo el correspondiente registro de las mismas y pago de aportes y contribuciones correspondientes, aunque no vas a poder reclamar la sanción de la ley 24013, ya que esta únicamente rige cuando se intima a al correcta regularización (en este caso, de las horas en negro) estando la relación laboral vigente.
        Sobre las otras cuestiones que señalaste, son cuestiones que hacen al eventual daño moral que una persona pueda reclamar, más procedentes para forzar un despido indirecto que para reclamar luego de producido el mismo, desde mi punto de vista.
        Atte, a su disposición.
        Dr. Martín Ferro.

  64. Orlando
    19 septiembre, 2010 a las 2:12 pm

    estoy trabajando en negro ya que el dueño no blanquea,hace un año y medio que estoy,no paga horas extras y el trabajo es por hora,calculo en horas semanales son de 60 a 70 horas y no importa de noche de madrugada,no paga feriados

    • Dr. Martín Ferro
      21 septiembre, 2010 a las 12:23 am

      Orlando, en los casos en que se trabaja en negro, para lograr el blanqueo el trabajador debe intimar al empleador a que en el lapso de 30 días registre la relación laboral.
      Si no procede al blanqueo, puede considerarse despedido, intimando al pago de la indemnización con las correspondientes multas.
      En su caso, usted debiera intimar a su empleador a que registre su empleo, abone horas extras, vacaciones y aguinaldo.
      Su trabajo considero que no se trata de un empleo por horas, sino a jornada completa, al trabajar casi el doble de las horas semanales que estipula la ley.
      Atte, a su disposición
      Dr Martín Ferro

  1. 2 enero, 2011 a las 10:36 am

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